(Art. N°. 1 de T.U.O de Ley del Impuesto a la
Renta D.S. 179-2004-EF)
Tributacion, IFRS con impactos tributarios, modificaciones tributarias, Tributación Internacional, Precio de Transferencia y muchos otros temas impositivos.
miércoles, 16 de agosto de 2017
martes, 7 de febrero de 2017
Decreto Legislativo 1258
Ley que Modifica Ley del Impuesto a la Renta (Deducción
3 UIT adicionales base Imponible de 5ta Categoría)
Bosquejo
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De manera facultativa los trabajadores (perceptores
de rentas de 5ta categoría), pueden optar por facultativamente en deducirse 3
UITs adicionales. Caso contrario solamente podrán deducirse las 7 UIT que
establece el Art 46º de la Ley del Impuesto a la Renta.
-
Aquellos que opten por esta opción deberán de
presentar su Declaracion Jurada de Renta Anual, según el procedimiento que
establezca SUNAT.
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